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TEE Sonora resuelve el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales JDC-SP-41/2025 y acumulados, en relación con el proceso de elección el Consejo Estatal del PRD Sonora

Viernes 21 de noviembre de 2025
TEE Sonora resuelve el Juicio para la Protección de los Derechos
Político-Electorales JDC-SP-41/2025 y acumulados, en relación con
el proceso de elección el Consejo Estatal del PRD Sonora

El Tribunal Estatal Electoral de Sonora resolvió, en sesión pública, el expediente JDC-SP-41/2025 y sus acumulados JDC-TP-42/2025, JDC-PP-43/2025 y JDC-SP-44/2025, promovidos por diversos ciudadanos, quienes señalaron una presunta omisión atribuida a integrantes del Órgano Técnico Electoral del PRD Sonora, por no dictaminar una solicitud presentada por la denominada planilla morada, así como actos subsecuentes emitidos por la Mesa Directiva del Consejo Estatal, el Consejo Estatal de carácter electivo, la Dirección Ejecutiva Estatal y el Presidente de esta última, todas como autoridades de dicho instituto político.

El Tribunal determinó admitir el conocimiento del asunto a través de la figura de salto de instancia intrapartidista. En el análisis, se advirtió que el promovente de los juicios 42/2025 y 44/2025 no acreditó el carácter de autoridad partidista con el que se ostentaba, por lo que se estimó que los actos emitidos por dicha persona carecían de validez jurídica.

Asimismo, el Pleno concluyó que no se acreditó la existencia de la omisión reclamada relacionada con la emisión de la convocatoria al pleno extraordinario de instalación del Consejo Estatal del PRD Sonora, programado para el siete de septiembre, ni de los demás actos controvertidos. Esto debido a que, además de no haberse probado la afiliación al partido de quienes promovieron los juicios 41/2025 y 43/2025, y que se ostentaron como integrantes de una planilla para la elección interna, obran en autos diversos documentos que permiten determinar que las autoridades partidistas actuaron conforme a la normatividad interna, sin que se tengan indicios de irregularidades al respecto.

En consecuencia, el Tribunal declaró inexistente la omisión reclamada y confirmó los actos impugnados en lo que fueron materia de controversia.

Puedes consultar la sesión en el siguiente enlace:

https://www.youtube.com/live/Kt9HmCWMyQA?si=_Qu0C8II1LKkWZpy